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El proyecto español de ley de IA caduca con la disolución de las Cortes

La ficha del Congreso da por concluida la iniciativa 121/000096 con el resultado «Caducado» desde el 6 de octubre de 2026, fecha en que el BOE publica el Real Decreto 806/2026 de disolución de las Cortes. El proyecto no llegó a aprobarse. Las Cámaras resultantes de las elecciones del 29 de noviembre se constituirán el 23 de diciembre de 2026.

Última comprobación

Qué ha cambiado

CONFIRMED CHANGE

OFFICIAL PARLIAMENTARY RECORD

El Gobierno presentó el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial el 28 de mayo de 2026. Fue calificado el 8 de junio y publicado en el BOCG, serie A, núm. 97-1, de 12 de junio de 2026.

Estuvo en fase de enmiendas en la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital desde el 12 de junio hasta el 6 de octubre de 2026. El último plazo de enmiendas que figura en la ficha llegaba al 7 de octubre de 2026 a las 18:00.

La ficha del Congreso muestra ahora como situación actual «Concluido - (Caducado)» desde el 6 de octubre de 2026.

Ese mismo día, el BOE núm. 248 publica el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones. Las elecciones se celebran el domingo 29 de noviembre de 2026 y las nuevas Cámaras se reúnen en sesiones constitutivas el 23 de diciembre.

  • 6 octubre 2026

    Concluido (Caducado), según la ficha del Congreso

  • 29 noviembre 2026

    Elecciones generales, artículo 2 del Real Decreto 806/2026

  • 23 diciembre 2026

    Sesiones constitutivas de las nuevas Cámaras, artículo 5 del Real Decreto 806/2026

La fuente

Primera publicación
Última actualización
Última comprobación
Versión de la fuente
Ficha del Congreso 121/000096 consultada el 24 octubre 2026; BOE núm. 248, 6 octubre 2026
Versión editorial
0.1
Estado
Publicado

Qué significa

OVERSERA EXPLANATION

Un proyecto caducado no es derecho vigente y no deja obligaciones. Si la próxima legislatura quiere una ley con este objeto, tendrá que volver a presentarse una iniciativa.

La caducidad no afecta a las normas ya vigentes. El Reglamento (UE) 2024/1689 es un reglamento europeo y sus obligaciones se aplican según su propio calendario. El estatuto de la AESIA, aprobado por el Real Decreto 729/2023, tampoco dependía de este proyecto.

El reglamento europeo pide a cada Estado miembro que fije sus normas sobre sanciones (artículo 99). Esta nota no describe cómo lo hacía el proyecto español, porque Oversera no ha leído su articulado.

Mi lectura para el Consejo

Gustavo Fuentes Aguilar

Oversera

Confieso que esta noticia me hace cierta gracia, porque conozco bien la reacción: «pues nada, a esperar a la próxima legislatura». En muchos consejos españoles la IA llevaba meses en el orden del día con la coletilla «cuando salga la ley».

La ley española no ha salido, y el Reglamento (UE) 2024/1689 se aplica igual. Lo que queda pendiente es la pieza nacional: con qué régimen sancionador y con qué reparto de funciones se concreta en España. Eso no lo sabremos hasta que las nuevas Cortes decidan si retoman el asunto y cómo.

Mi recomendación es sencilla: que el Consejo pida separar en una hoja lo que ya es exigible por el reglamento europeo de lo que dependía de la ley española. Lo primero no espera a nadie. Lo segundo vuelve, de momento, a la casilla de salida.

Lectura de gobernanza elaborada por Oversera. No es asesoramiento jurídico ni un pronóstico sobre la próxima legislatura.

Preguntas que llevaría a la sala

  1. 01

    ¿Algún documento interno o plan de cumplimiento trata este proyecto como una ley que estaba a punto de aprobarse?

  2. 02

    ¿Hemos separado lo que exige ya el reglamento europeo de lo que dependía de la ley española?

  3. 03

    ¿Quién sigue lo que haga la nueva legislatura a partir de la constitución de las Cámaras el 23 de diciembre de 2026?

  4. 04

    ¿Alguna decisión de inversión o de calendario se había aplazado «hasta que salga la ley»?

Alcance y límites

Esta nota cubre solo el estado parlamentario del proyecto 121/000096 y el Real Decreto que disuelve las Cortes.

No describe el contenido del proyecto ni anticipa si una nueva iniciativa lo retomará, ni cuándo.

No modifica lo que el Governance Atlas explica sobre el reglamento europeo o sobre la AESIA.

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La ficha del proyecto en el Governance Atlas recoge su identidad, su tramitación y el estado comprobado en el Congreso.

Leer la ficha del proyecto